lunes, 10 de noviembre de 2008

“Plan Nacional de Desarrollo de la Enfermería ”


Consideraciones del Proyecto de Ley
“Plan Nacional de Desarrollo de la Enfermería ”


Es necesario agregar al texto del Ejecutivo….
Se amplia el marco regulatorio de la ley elaborada por el Ministerio de Salud de la Nación y Provinciales, interviniendo en las condiciones de trabajo de los enfermeros en actividad y se contempla un régimen de jubilación especial.


Se respeta la ley 24.004, no incorporándose modificaciones a su artículo 3°.


Se incorpora a la Legislación Nacional dándole carácter constitucional, un Convenio Internacional de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), ratificando el Convenio 149 sobre el Personal de Enfermería y la Recomendación 157 de ese Convenio, que a pesar de haber cumplido 30 años, el año pasado fue considerado como “de plena vigencia” por la misma OIT.


Se propicia el Trabajo Decente en Enfermería, considerando el trabajo productivo y seguro, con respeto por los derechos laborales, con sueldos adecuados, con protección social, con diálogo social, libertad sindical, negociación colectiva y participación, desalentándose el trabajo en turnos rotativos y generando la contratación en planta permanente de los trabajadores enfermeros/as en las diferentes jurisdicciones.


Se invitara a las provincias a crear Programas Jurisdiccionales de Tolerancia Cero a la Violencia Laboral, fundados en las “Directrices marco para afrontar la violencia laboral en el sector de la salud”, elaboradas en conjunto en el año 2002 por la Organización Internacional del Trabajo, el Consejo Internacional de Enfermería, la Organización Mundial de la Salud y la Internacional de Servicios Públicos.


Se invitara a las jurisdicciones provinciales a crear legislación similar a la ley 2578 de la Cuidad de Buenos Aires, creando Programas sobre Prevención, detección precoz y rehabilitació n del Síndrome de Desgaste Laboral Crónico en los Trabajadores Enfermeros.


Se generaran las vacantes de enfermería necesarias dentro del subsistema publico de salud, de dependencia municipal, provincial y nacional, para completar los planteles según lo estipulado en la Resolución 194/95 del PNGCAM del Ministerio de Salud de la Nación, en los servicios de enfermería actualmente existentes, así como para los que se planean en el futuro, respetando las condiciones dignas de contratación y empleo.


Para llevar adelante las Políticas del Sector, se Creara la Dirección Nacional de Enfermería, dependiente del Ministerio de Salud, que accionara en conjunto con los Ministerios de Salud y Trabajo de la Nación.


Se inserta un capitulo sobre “Modalidad de Trabajo”, regulándose la Jornada Laboral.




Se reconsideran las áreas “áreas cerradas” establecidas en el Articulo 24 de la ley 24.004.


Se reconceptualiza la distorsión existente en muchas jurisdicciones del trabajo de horas extras, sometiéndose a la Ley de Contrato de Trabajo.


Respecto a las Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (CyMAT), se establecerán planes de investigación y desarrollo desde la Superintendencia de Riesgos del Trabajo en conjunto con la Dirección Nacional de Enfermería para la tipificación, aislamiento y eliminación de riesgos laborales en Enfermería, con la Formación de Delegados de Prevención en los establecimientos asistenciales.


Se crea un régimen jubilatorio especial para Enfermería.


Se deberá readecuar la legislación provincial cuando corresponda para garantizar el Régimen Jubilatorio de Enfermería.


Se considera garantizar el Trabajo Digno en Enfermería estableciendo el pase a planta permanente de todo el personal de enfermería que preste servicios en el subsector estatal de salud, en los niveles municipal, provincial y nacional.


Para el componente de formación, se promoverá, incentivara y priorizara el estudio de la carrera de enfermería entre los beneficiarios de planes sociales.


Se considera generar incentivos económicos y en especie para la contratación de enfermeros.


Se crearan o modificaran los escalafones profesionales vigentes en las diferentes jurisdicciones para la correcta inclusión de la Enfermería, Si no existiera escalafón pertinente, se tomara como referencia el Decreto 277/91 y la Resolución 297/94 del Ministerio de Salud y Acción Social – Secretaría de Salud, Secretaría de la Función Pública de la Presidencia de la Nación

1 comentario:

Unknown dijo...

Apoyamos su propuesta, estamos con ud.
la unión de los trabajadores pueden luchar por un trabajo decente.