martes, 6 de enero de 2009
Ratificación del Convenio nº 149 adoptado por la Organización Internacional del Trabajo
Ratificación del Convenio nº 149 adoptado por la Organización Internacional del Trabajo sobre el empleo y condiciones de trabajo y de vida del personal de Enfermería
Artículo 1° – Ratificase el “Convenio sobre el empleo y condiciones de trabajo y de vida del personal de Enfermería”, nº 149, adoptado por la Organización Internacional del Trabajo en su Conferencia General Nº 63, con fecha 21 de junio de 1977 cuyo texto forma parte de la presente ley.
Art. 2 ° – Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Fundamentos
Señor Presidente:
La presentación de este proyecto de Ley responde a la necesidad de fortalecer el marco normativo que asegure condiciones de trabajo dignas para todo el personal de enfermería en nuestro país. Consideramos que la calidad de empleo condiciona la calidad del cuidado en salud y que esta sinergia debe traducirse en políticas públicas que aborden ambas problemáticas en forma complementaria.
El personal de enfermería - en todas sus categorías, auxiliar, profesional técnico y licenciatura - es uno de los pilares para las acciones de promoción, prevención, atención y rehabilitación de la salud. Si bien esta situación es reconocida por autoridades, trabajadores y especialmente por los usuarios del sector salud, el desarrollo profesional y la situación de inserción laboral del personal de enfermería, continúan siendo precarias en la mayoría de los países.
En nuestro país, la organización y las acciones de los servicios de salud, conjugan en muchos casos, las características originarias del modelo biomédico de abordaje del proceso salud-enfermedad-atención y las consecuencias de las reformas neoliberales que profundizaron la mercantilización de la salud y la precarización de las condiciones laborales de los trabajadores del sector.
En este contexto, la situación de los trabajadores de enfermería, es al mismo tiempo reflejo del deterioro de las condiciones materiales y simbólicas de reconocimiento de su trabajo, y uno más de los indicadores de la inequidad en el acceso al cuidado de la salud de la población en situación de mayor vulnerabilidad de nuestro país.
Las políticas de los 80s de descentralización de los servicios público-estatales de salud contemporáneas del ajuste fiscal a las provincias, seguidas por el ingreso del capital financiero a través del gerenciamiento de la seguridad social de los 90s, dibujaron un mapa de progresivo deterioro de la red pública y de traspaso de fondos de forma directa e indirecta a los sectores más concentrados de la economía en general y del sector salud en particular.
La situación de los trabajadores del sector salud acompaña este mapa de brechas inaceptables de condiciones de salud y de vida del conjunto de la población, revelando profundas diferencias de inserción laboral, salarios y condiciones de seguridad y satisfacción laboral, según la jurisdicción, el sub-sector o la institución donde se desempeñan
En el campo particular de la enfermería, las provincias con mayores niveles de indigencia y pobreza de su población, cuentan con trabajadores con menores niveles de formación para el cuidado de la salud, en gran medida precarizados.
En relación al marco normativo nacional para los trabajadores de enfermería, la Ley 24.004, sancionada en 1991, y reglamentada por el Decreto 2497 de 1993, constituye un instrumento fundamental en la definición de los alcances, derechos y obligaciones del ejercicio de la enfermería en nuestro país. Esta ley cuenta con la adhesión de muchas provincias, mientras en otras jurisdicciones se establecieron normativas similares. Sin embargo, y en función de los complejos procesos históricos-sociales-económicos y culturales ya enunciados, este marco legal requiere ser complementado por otras normas que aborden la complejidad de la inserción laboral en enfermería.
Por un lado, el reconocimiento del personal de enfermería como recurso crítico en nuestro país, recientemente planteada por el Poder Ejecutivo en la fundamentación del “Plan Nacional para el Desarrollo de la Enfermería”, encuentra consenso en la mayoría de los actores del sector salud. La escasez del personal de enfermería puede y debe ser impulsada desde el estímulo a la formación y profesionalización tanto de las personas que quieran iniciarse en esta carrera como de aquellas que hoy se desempeñan como personal de enfermería en todas sus categorías y quieren proseguir su formación.
Sin embargo, y como ya mencionáramos, la escasez de personal de enfermería nos remite a una realidad más compleja, donde el acceso a la formación es sólo una de sus caras.
La OIT advierte “La relación entre unas condiciones de empleo y de trabajo insatisfactorias y la escasez del personal en el ámbito de la enfermería es compleja. Entre las consecuencias de lo anterior cabe mencionar una mayor morbilidad y mortalidad de los pacientes; más violencia en el lugar de trabajo; menoscabo de la seguridad y la salud del personal en servicio activo; alto grado de insatisfacción laboral e intención de abandonar el sector, y emigración de los trabajadores de la salud desde los países en desarrollo hacia los países desarrollados”
El documento “Bases para un Plan de Desarrollo de Recursos Humanos de Salud”, elaborado por el Ministerio de Salud de la Nación, con la cooperación técnica de la Organización Panamericana de la Salud, publicado en el año 2007, da cuenta de algunas de estas situaciones “las condiciones de trabajo de estos profesionales tampoco facilita el acceso a la profesionalización ya que la mayoría realizan tunos prolongados (persistencia del doble empleo), trabaja en días feriados y en horarios nocturno, situación poco estimulante par optar por el trabajo en enfermería”
Asimismo, las organizaciones de trabajadores también han hecho llegar a la Honorable Cámara de Diputados de la Nación su preocupación y propuesta en referencia al tema.
Hemos recibido el documento enviado por el Consejo Directivo Nacional de la Asociación de Trabajadores del Estado – Central de Trabajadores Argentinos donde precisan que “Toda iniciativa debe estar dentro del marco de la resolución 149 de la OIT, sobre los derechos de los trabajadores de enfermería, recomendando la adhesión de la Argentina a la misma”.
Las docentes de la Escuela Superior de Enfermería Cecilia Grierson, de ciudad de Buenos Aires, también han hecho llegar a esta Cámara, su apoyo al proyecto de ley que impulsa la formación y profesionalización en enfermería. En la misma línea expresan su preocupación por la inserción laboral y las previsiones para mejorar las condiciones de trabajo de los enfermeros y adviertan que “si no se destinan las partidas para incorporar estos nuevos enfermeros (dicho plan), sólo redundará en mayor deterioro de la actividad.”
En la misma línea, otras organizaciones y asociaciones de enfermeros, como la Agrupación 21 de Noviembre, ha enviado su informe a esta Cámara, denunciando en su presentación “Las actuales condiciones de trabajo en la mayoría de las jurisdicciones son precarias, y aun mas para los enfermeros de reciente ingreso; los ambientes de trabajo están degradados, edificios en ruinas, inseguros, falta de confort en las instituciones, ausencia de baños, vestuarios, salas de estar; los lugares de trabajo presentan niveles crecientes de violencia en todas sus formas; existencia global de mas del 25% del personal de enfermería con partes médicos prolongados, la mayoría por problemas relacionados al estrés laboral crónico y el incumplimiento de la ley 24.004 de Ejercicio de la Enfermería, ya que se obliga institucionalmente a los auxiliares de enfermería a realizar el trabajo de los enfermeros, a instancias de represalias o despidos; la fuerte connotación social de trabajo no reconocido ni jerarquizado; la falta de reconocimiento de especialidades”, entre otras cuestiones que resulta imprescindible a incorporar al análisis.
Considerando los antecedentes aquí expuestos, y en función de promover el mejoramiento de las condiciones laborales de los trabajadores de enfermería, y contribuir al desarrollo de mejores condiciones de cuidado de la salud de la población de nuestro país, proponemos la ratificación del Convenio 149, de la OIT, “Convenio sobre el Empleo y Condiciones de Trabajo y de Vida del Personal de Enfermería”. Este convenio, que data del año de 1977, fue clasificado en el año 2002 por la OIT, como uno de los instrumentos que no habían perdido actualidad y reafirmó su pertinencia respecto de la realidad social y económica, veinticinco años después.
El Convenio de referencia, establece la obligatoriedad para los países que adhieran al mismo de elaborar e implementar políticas y acciones de planificación de servicios y de personal de enfermería, en el marco de una planificación general de servicios de salud.
Asimismo establece que se deben adoptar medidas conducentes al mejoramiento de la formación y de las condiciones de empleo y trabajo, en consulta con las organizaciones de empleadores y de trabajadores involucradas.
En el mismo sentido, el Convenio 149 de la OIT, propicia estrategias democratizadoras de las instituciones y de los servicios de salud, al promover la participación del personal de enfermería en la planificación de los servicios de enfermería y de salud en general.
Sabemos que la ratificación del Convenio de referencia, no es suficiente para revertir la gravedad y las urgencias que atraviesan los trabajadores de enfermería en nuestro país. Sin embargo, entendemos que dicho instrumento, al establecer compromisos precisos del Estado Nacional en tanto garantías básicas para el conjunto de los trabajadores de enfermería, es una herramienta que permitirá avanzar en la consolidación de una nueva sinergia, donde mejores condiciones de trabajo se reflejen en mejor calidad de cuidado de la salud para el conjunto de la población.
Convencidos de la importancia de esta propuesta, pedimos a nuestros pares que nos acompañen en la sanción del presente proyecto de ley.
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